Para contratar a un ciudadano de un país que no pertenece a la UE, una empresa debe demostrar no tienen existe ningún candidato de la UE con las mismas cualificaciones.
Aunque no es imposible satisfacer estas condiciones, muchas empresas no están dispuestas a hacer el esfuerzo ya que normalmente no están cortas de candidatos.
Los ciudadanos de la UE no necesitan permiso de trabajo. Los ciudadanos de otros paises necesitan un permiso de trabajo y también una tarjeta de residencia, que se pueden solicitar al mismo tiempo. El tipo de permiso depende de la actividad que estés pensando realizar.
Los siguientes permisos son los más utilizados en España:
Tipo B: Para los que tienen una oferta de trabajo en una actividad o área geográfica concreta. Más adelante, puedes solicitar el permiso para realizar dicha actividad en todo el país.
Tipo A: Destinado a trabajo de duración limitada como la construcción, instalación de equipos, etc.
Tipo T: Usado para trabajos a corto plazo, como auditores.
Tipo D: Para los que quieren establecer su propio negocio, para una actividad determinada en un área concreta. Después de renovarlo, este permiso puede extenderse a cualquier actividad en cualquier parte del país.
Para más información sobre los permisos de trabajo, te sugerimos que preguntes en el consulado o en la embajada española en tu pais de origen. Además, a menos que te guste el reto del papeleo legal, te sugerimos que contrates un asesor legal para los trámites. El proceso de aprobación demora entre 2 y 6 meses, así que debes estar preparado para una larga espera.